jueves, 24 de mayo de 2012

Asamblea de profesores de la UCV se declaró en emergencia ante medida del TSJ contra elecciones universitarias


En el día de ayer, 23-05-12, la Asamblea de Profesores de la UCV, reunida en el Auditorio de la Facultad de Farmacia, se pronunció contra la medida impuesta por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y ratificó los principios de defensa de la autonomía y el marco constitucional que la garantiza. A continuación reproducimos el documento derivado de esta Asamblea:

DECLARACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL DE PROFESORES DE LA UCV 

Los profesores de la Universidad Central de Venezuela, convocados por la Junta Directiva de la APUCV, en conocimiento de la decisión de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia que: declara el desacato por parte de los miembros del Consejo Universitario que aprobaron el Cronograma de eventos puntuales para elegir a las Autoridades Rectorales; impone una multa de Bs.18.000 a cada miembro que votó favorablemente; ordena al Consejo Universitario reformar, en un  lapso de 10 días hábiles, el Reglamento de Elecciones y ajustarlo a la Ley Orgánica de Educación (LOE); ordena a la Comisión Electoral de la UCV informar sobre su presunta aprobación del Cronograma de eventos puntuales; exhorta al Consejo Nacional de Universidades para que suministre a la Sala Electoral los datos de identificación, número de cédula, nombre completo  y número de Registro de Información Fiscal de los miembros del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela y que dicha resolución sea enviada al Consejo Universitario, Comisión Electoral, Consejo Nacional de Universidades, con copia del expediente al Consejo Moral Republicano y al Ministerio Público,  acuerda pronunciarse en los siguientes términos:
  
CONSIDERANDO:

1) Que  la Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico.

2) Que en su artículo 109, se reconoce la Autonomía, se define la comunidad universitaria  y se establece que las universidades autónomas  se darán sus normas de gobierno y  funcionamiento.

3) Que en el año 2007 la ciudadanía rechazó una reforma constitucional que modificaba el concepto de comunidad universitaria, contenido en el artículo 109 de la misma, quedando ratificada  por lo tanto la redacción original.

4) Que el concepto de comunidad universitaria, contenido en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación modifica el texto constitucional, razón por la cual fue demandada su inconstitucionalidad ante el TSJ. 

5) Que la Ley de Educación Universitaria, aprobada por la Asamblea Nacional, fue vetada por el Presidente de la República y allí se modificaba el concepto de comunidad universitaria ajustándolo al artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación. 

6) Que la actuación del Consejo Universitario está apegada a lo establecido en la Ley de Universidades vigente y es su obligación aprobar el Cronograma de eventos puntuales para elegir a las Autoridades Rectorales dentro de los lapsos legales establecidos.

 ACUERDA:

1) Rechazar la decisión de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus  partes, por las siguientes razones:

a) Por constituir una violación de la Autonomía Universitaria y un irrespeto a la Constitución.

b) Por considerar que el derecho al voto consagrado en la Ley de Universidades vigente es un derecho académico y no un derecho político, como pretende mal intencionadamente interpretarlo la Sala Electoral del TSJ.

c) Porque siendo la libertad de conciencia la facultad de toda persona para formarse su propio juicio, sin ningún tipo de interferencias, mal pueden los integrantes del Consejo Universitario actuar en contra de la misma, estando en su libre derecho el votar de la manera en que lo consideren más conveniente para los intereses de la institución.

d) Porque la libertad de conciencia implica también ante un auténtico conflicto de conciencia, el de obedecerse a sí mismo antes que al Estado, negándose a actuar en contra de sus valores y creencias, cualquiera sea su situación jurídica, lo que se constituye en la objeción de conciencia.

e) Porque la libertad de conciencia está consagrada en los artículo 18 y 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y fue ratificada en el artículo 19 de la Constitución Nacional.

f) Porque “Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.”

g) Porque la “Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia” (Artículo 333).

2) Solidarizarse con los miembros del Consejo Universitario objeto de amenazas.

3) Denunciar como un acto de intimidación inaceptable la personalización de la multa en la decisión de un cuerpo colegiado, hecho sin precedentes en nuestra historia republicana.

4) Señalar como un acto persecutorio el solicitar información personal al Consejo Nacional de Universidades y remitir el expediente al Consejo Moral Republicano y al Ministerio Público.

5) Declararnos en emergencia y emprender acciones en defensa de la Constitución Nacional, la Autonomía y los Derechos Humanos, ante instancias nacionales, internacionales y países  hermanos.

6) Solicitar a la Junta Directiva de la APUCV que planifique y organice la visita a dichas instancias.

7) Denunciar, ante la opinión pública que el  Gobierno ha cercenado todos los procesos electorales en las universidades experimentales y autónomas y además, no ha abierto ninguna posibilidad de elección en las universidades que ha fundado.

8)  Hacer del conocimiento nacional e internacional  que lo que se quiere, en definitiva, es destruir una institución incómoda para los gobiernos autoritarios, pues el poder antidemocrático no soporta la crítica y la libertad que se respira en el espacio universitario.

Nosotros, los Profesores universitarios, en esta hora aciaga que vive la universidad autónoma venezolana pedimos a las Autoridades Rectorales, Decanos, Representantes Profesorales y demás integrantes del Gobierno Universitario, la puesta en marcha de las medidas legales nacionales e internacionales para impedir este atropello  y a promover conjuntamente con la APUCV  el espíritu de unidad y   de lucha de todos los universitarios, tan necesario para enfrentar el intento de destruir la universidad autónoma venezolana.

Los profesores de la Universidad Central de Venezuela, fiel a nuestra historia, defenderemos la Autonomía y seremos intransigentes en la defensa de la Constitución.



Caracas, 23 de mayo de 2012.